¿¡Y EL TIEMPO DE LA CITA MÉDICA DEBO REPONERLO, JEFE!?
Inicialmente no, no debemos reponer el tiempo de nuestra jornada laboral como obligación derivada de un contrato laboral, dispuesto para acudir a citas médicas o terapias porque de cierta manera se estaría colocando una barrera para el acceso al derecho a la salud, el cual hoy es fundamental, pero no deviene de la Constitución Política de 1991 como normalmente se cree. A continuación el derecho a la salud en el tiempo, y del porqué no la obligación de reponer el tiempo.