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PROCESO DE FISCALIZACIÓN COLPENSIONES Y/O RPM

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El artículo 53 de la Ley 100 de 1993 otorgó competencia a las Entidades del régimen solidario de prestación definida, actualmente Colpensiones, para adelantar la fiscalización e investigación a los empleadores o el agente retenedor de las cotizaciones y/o aportes a pensión. De conformidad con el artículo en mención, Colpensiones puede: Verificar la exactitud de las cotizaciones y aportes u otros informes, cuando lo consideren necesario; Adelantar las investigaciones que estimen convenientes para verificar la ocurrencia de hechos generadores de obligaciones no declarados; Citar o requerir a los empleadores o agentes retenedores de las cotizaciones al régimen, o a terceros, para que rindan informes; Exigir a los empleadores o agentes retenedores de las cotizaciones al régimen, o a terceros, la presentación de documentos o registros de operaciones, cuando unos u otros estén obligados a llevar libros registrados; ordenar la exhibición y examen de los libros, comprobantes y docume...

¿INTERMEDIACIÓN O TERCERIZACIÓN LABORAL?

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La intermediación laboral como la relación jurídica entre el trabajador, el intermediario y el beneficiario, tiene su asidero jurídico en el artículo 35 del Código Sustantivo del Trabajo: Son simples intermediarios, las personas que contraten servicios de otras para ejecutar trabajos en beneficio y por cuenta exclusiva de un empleador. Se consideran como simples intermediarios, aun cuando aparezcan como empresarios independientes, las personas que agrupan o coordinan los servicios de determinados trabajadores para la ejecución de trabajos en los cuales utilicen locales, equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos de un empleador para el beneficio de éste y en actividades ordinarias inherentes o conexas del mismo. El que celebrare contrato de trabajo obrando como simple intermediario debe declarar esa calidad y manifestar el nombre del empleador. Si no lo hiciere así, responde solidariamente con el empleador de las obligaciones respectivas. Aunado, en nuestro ordenamiento juríd...