¿QUÉ HACER SI LA AEROLÍNEA EXTRAVÍO O DAÑO TU EQUIPAJE DE VIAJE?

¡Al punto! Si la aerolinea extravía o daña total o parcialmente tu equipaje de viaje, la regulación aplicable al caso dependerá de si el vuelo es nacional o internacional Nacional · Artículos 1773 al 1782 del capítulo primero de la parte segunda del libro quinto del Código Comercio, el Decreto 410 de 1971. o Artículos 1886: “El transportador será responsable de la pérdida o avería de los objetos de mano, cuando el hecho que causó el daño ocurra a bordo de la aeronave o hallándose aquéllos bajo la custodia del transportador, sus agentes o dependientes. La responsabilidad del transportador no excederá de doscientos gramos de oro puro por todos los objetos de mano de cada persona.” Internacional · Los convenios internacionales: o Varsovia/29 y La Haya/55 – Ley 19 de 1980 – el Decreto 2059 de 1999 o Montreal/99 – Ley 701 de 2001 – Decr...